REVOCA la sentencia apelada.
.- SIN LUGAR la apelación ejercida.
.- INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido por el Tulio Alberto Álvarez actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora respecto al "(...) aumento salarial equivalente al sesenta y cinco (65%) del salario o sueldo integral de los empleados (...)" lo cual según sus dichos generó el "(...) diferencial en su salario y pensión de jubilación (...) desde el 1º de enero de 1998, (...) hasta el mes de febrero de 2003, (...) El concepto de diferencial de pensión de jubilación a partir del mes de febrero de 2003. (...) diferencial sobre bonificación de fin de año de los años 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002 (...). Los intereses dejados de percibir hasta el mes de enero de 2003".
.- SIN LUGAR en cuanto a "(...) la homologación de las pensiones y jubilaciones con los salarios actuales contenidos en el documento de ADECUACIÓN DE CARGOS 2002 (...)" al beneficio de cesta ticket y la incl.....