declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos IRISLU ROJAS y CARLOS ALBERTO MARQUINA URBINA, plenamente identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio civil el día (29-05-1996) por ante la Prefectura Civil, Parroquia El Llano, Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida, actualmente Registrador Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 91