´Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN SEDE CONSTITUCIONAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE la presente QUERELLA DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada la sociedad mercantil "COMERCIALIZADORA A.M.E. C.A." debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 13 de mayo de 2021, bajo el Nro. 19, tomo 19-A-RM1 y domiciliada en el municipio Maracaibo del Estado Zulia, representada por los ciudadanos MARCOS TULIO QUEVEDO CEDEÑO y ERNESTO ENRIQUE TORRES QUEVEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.502.213 y V- 22.369.692, en su condición de Vicepresidente y Gerente de Operaciones respectivamente; en contra del ciudadano JOSÉ ALFREDO RIVAS CALDERÓN, ve.....