DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control No. 5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE en los siguientes términos: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Desestimación de la Denuncia interpuesta por la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo dispuestos en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda la remisión de las actuaciones a la Oficina del archivo Judicial, a fin de que se proceda a su archivo, luego de transcurrido el lapso legal para el ejercicio del recurso correspondiente. Notifíquese al denunciante, el denunciado y al Fiscal del Ministerio Público. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.