Este Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE MEDIDA presentada por las Dras. YOLY MENDEZ GARCIA y EGLIS CAMPOS DE GONZALEZ, actuando ambas en su condición de defensoras publicas, de los imputados MIGUEL ANGEL JAIMES y JAIME HENRY JAIMES, a quienes se les sigue Proceso Penal por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO ilícito previsto y sancionado en el artículo 277 del vigente Código Penal, quedando todos en libertad plena, y obligados a comparecer por ante este Tribunal el día 12-07-06 a las 2:00 de la tarde, a los fines de realizar el Juicio Oral y Público. Todo de conformidad con lo previsto el artículo 44.1 y 49.2.8 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con el contenido del artículo 264 y 244 del Código Orgánico Procesal Pena.