Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano AMERICO ANTONIO MAVARES GONZALEZ, contra el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: La demandada deberá pagar al actor los conceptos establecidos de prestación de antigüedad, indemnizaciones por despido injustificado, bono vacacional, así como los intereses sobre la prestación de antigüedad, los intereses de mora y la corrección monetaria, cuya cuantificación se ordenó realizar mediante experticia complementaria del fallo en los términos establecidos en la parte motiva del mismo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.