este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asimismo, visto que las partes de mutuos acuerdo solicitan la devolución de las pruebas promovidas en la oportunidad del inicio de la Audiencia Preliminar, así como solicitan copia certificada de la transacción presentada en la presente causa, es por lo que este Tribunal acuerda de conformidad con lo peticionado y en consecuencia se libra oficio dirigido a la Oficina de Depósito de Bienes, a los fines de participarle lo aquí acordado, los que deberán ser retirados por ante la unidad respectiva, así como se expide copia certificada de la respectiva transacción de conformidad con lo establecido en el artículo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,.....