PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en ocasión de la oferta real de pago efectuada por la entidad de trabajo CONSORCIO CREDICARD C.A. a favor del ciudadano RICARDO CÁRDENAS (ambas partes suficientemente identificadas en las actas).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Notifíquese en la cartelera del Tribunal.