Se CONDENA en atención al incumplimiento de las obligaciones de la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano JOSÉ FÉLIX BRACHO, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, obrero, soltero, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-12804355, hijo de JESUS BRACHO Y LUISA MARIA RANGEL, residenciado en el Barrio El Silencio Casa 158 calle 49-A Nº 37 Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena de SIETE MESES QUINCE DIAS DE PRISION, como autor penalmente responsable del delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana KATTY CHONG. Se acuerda remitir la presente causa al Tribunal de Ejecución que por distribución le corresponda conocer, en su oportunidad legal, en virtud de la decisión dictada en esta misma fecha.