PRIMERO: CONDENA al JESÚS ENRIQUE GARCÍA, venezolano, nacido en fecha 27-01-1979, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de oficio indefinido, residenciado en Sector Aguacatico, Barrio Unión, casa n° 61, Petare Municipio Sucre, Estado Miranda y titular de la cédula de identidad n°. V-13.672.843, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO PROPIO tipificado en el artículo 455 del Código Penal, en relación con los artículos 37 y 74 ordinal 4º Ejusdem, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.