En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA a la ciudadana MARIA EUGENIA CARDENAS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.857.780 (no la porta), venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, estado civil: soltero, fecha de nacimiento: 16-08-88, de 22 años de edad, de profesión u oficio: Manicurista, grado de instrucción: 4to grado, domiciliado en la carrera 13 con calle 46, casa Nº 24, teléfono 0414-788637, Barquisimeto, Estado Lara. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA PROSECUCIÓN DE LA CAUSA POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO con base a lo previsto en el Artículo 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se impone al imputada MARIA EUGENIA CARDENAS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.857.780, plenamente identifi.....