este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el 50% de los derechos pro indivisos que tiene la ciudadana Maria Isabel Del Amparo Corbacho De Faría, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.225.984, solicitada por la parte actora en el libelo de la demanda, sobre el siguiente bien inmueble que a continuación se describe:
1) "constituido por un lote de terreno de una superficie aproximada de cuatrocientos veintitrés metros cuadrados con treinta y ocho centímetros (423,38 mts2) y la casa quinta que sobre el está construida el cual forma parte de una parcela de terreno bifamiliar de mayor extensión ubicada en la ruta 05 de la Urbanización Santa Mónica, en jurisdicción de la Par.....