DISPOSITIVO
En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Segundo de Juicio Primera Instancia del Trabajo Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD E INTERES DE LOS ACTORES PARA SOSTENER LA PRESENTE ACCION
SIN LUGAR LA DEMANDA de los ciudadanos JOSE LUIS RODRIGUEZ BLANCO Y VICTOR MANUEL MEZA