En atención a los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR la oposición formulada por la parte demandada MIRIAM JOSEFINA HERNANDEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad Nro. V-4.839.309, de este domicilio, representada por su apoderado judicial Abogado WILFREDO FEO, Inpreabogado N° 99.604, de este domicilio, contra las pruebas promovidas por la parte demandante CONDOMINIO RESIDENCIAS SUMERLY, Registro Primer Circuito del Municipio Valencia estado Carabobo, 19 de febrero de 2004, N° 39, Tomo 12, folios 01 al 17, protocolo primero, de este domicilio, representada por los abogados JAIME SUIBE y YAJAIRA HENRIQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 189.014 y 283.565, de este domicilio.