III
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
- HOMOLOGA la Transacción del procedimiento en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado Rómulo Galaviz Villamizar, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 64.386, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de las Sociedades Mercantiles GRAFICAS MATIZ, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha primero (01) de julio de dos mil cinco (2005), inscrita bajo el Nº 01, tomo 58-A-Cto, y de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN CROMMA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el Nº 35, tomo 138-A Pro, de fecha treinta y uno (31) de agosto del año dos mil siete (2007), contra la Resolucion N.....