DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado ZALG SALVADOAR ABI HASSAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.585, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 12 de Julio del año 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la que declaró:
"...En cuanto a las pruebas promovidas por el Abogado en ejercicio Zalg Salvador Ahí Hassan, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora Matadero Industrial La Fe, C.A, este Tribunal niega su admisión por cuanto las mismas fueron promovidas en forma extemporánea, es decir posterior a los Quince (15) días de promoción de pruebas establecidos en el artículo 396 del Cód.....