´Por otra parte tenemos que, la parte demandada con la finalidad de fundamentar la oposición que ejerció y que dados los efectos del recurso sometido al conocimiento de este sentenciador, se encuentran bajo revisión, expresa defensa cuya análisis corresponde al mérito de la controversia principal; como lo es la falta de representación de la parte actora, por falta de capacidad de postulación del ciudadano HANNAJEITANI ANTAR, para representarlos en juicio, lo cual, dado el asunto que concierne el presente incidente, no puede ser decidida en esta oportunidad; ya que en la presente instancia solo y únicamente se debate la procedencia o no de la medida cautelar que fuera decretada, ajeno a la causa principal donde debe recaer el pronunciamiento judicial respectivo y que en nada desvirtúan las presunciones aquí establecidas, exigidas en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.
Por tanto, no habiendo aportado la parte demandada, opositora de la medida cuyo conoci.....