Se admitió y se decretó la Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos JOEL ELIAS DELPINO HERRERA y GEORGINA BEATRIZ FORNERINO VIZCAYA, de conformidad con lo establecido en el articulo 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.-