luego de una revisión exhaustiva de las actas que componen el presente expediente, se evidencia al folio noventa y nueve (99) que dicha boleta fue librada en fecha 16 de marzo de 2016 y posteriormente en fecha 7 de noviembre de 2017, el alguacil adscrito a este Tribunal dejó constancia de haber practicado dicha citación la cual fue infructuosa, tal como se evidencia al folio ciento nueve (109) del expediente judicial, motivo por el cual se niega dicho pedimento. Así se decide.