Se declara CONCLUIDA la partición de la Comunidad Hereditaria conformada por los ciudadanos RICHARD FRANCISCO CARANTOÑA MENDOZA, MARY CARMEN CARANTOÑA MENDOZA, FRANKLIN JOSÉ CARANTOÑA MENDOZA y CARMEN AURORA MENDOZA DE CARANTOÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-12.030.503, V-11.345.304, V-12.030.501 y V-4.451.948, respectivamente.
Se ADJUDICA a la ciudadana Carmen Aurora Mendoza de Carantoña, el doce punto cinco por ciento (12.5 %) del acervo hereditario del de cujus Francisco Policarpo Carantoña Alviarez, así como, el doce punto cinco por ciento (12.5 %) del acervo hereditario que le corresponde a cada uno de los ciudadanos Richard Francisco Carantoña Mendoza y Mary Carmen Carantoña Mendoza, en virtud de las transacciones presentadas en fecha 12 de junio de 2024 y 18 de junio de 2024, donde acordaron cederle sus derechos, interés y acciones correspondientes sobre el acervo hereditario, quedando conformada su partición en un TREINTA Y SIETE PUNT.....