DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente DATO OMITIDO, a cumplir las siguientes sanciones: IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de un (01) año, las cuales son las siguientes: 1.-) Residir en un lugar determinado y cualquier cambio deberá participarlo al Juez de Ejecución. 2.-) Mantenerse en un trabajo estable debiendo consignar constancias de trabajo cada tres (3) meses. 3.-) Prohibición de Consumir Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y bebidas Alcohólicas 4.-) Prohibición de portar armas de fuego, blancas y facsímiles. Se impone SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de 6 meses y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de seis (06) meses, ambas serán cumplidas en el PANACED, quedando sometido el adolescente a la orientación del Equipo Técnico Multidisciplinario, adscrito al Programa de Atención a Niños y Adolescentes.....