Vista la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad hecha por el Ministerio Público, a favor de las imputadas Yaritza Del Valle Marcano y Olegaria Trinidad Aguilera; Visto lo manifestado por las imputadas y lo expresado por las Defensoras Publicas; este tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor de las imputadas: Yaritza Del Valle Marcano Valdiviezo, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 14.580.357, de 30 años de edad, nacida en fecha 20-01-1.78, de oficios del hogar, hija de Lucila Valdivieso y Ramón Marcano y Domiciliada en Sector Banco Obrero, Calle Principal, Cerca del Multihogar, Casa S/N, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre, y Olegaria Trinidad Aguilera, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 22.922.487, nacida en fecha 08-03-1.989, de 18 años de edad, de oficios .....