En consecuencia, habiéndose cumplido los extremos establecidos en la Ley a los fines de la admisión del recurso de casación interpuesto, este Juzgado Superior Marítimo, ADMITE el recurso de casación anunciado por el abogado JORGE ANYELO ARMAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada SEGUROS MERCANTIL, C.A., en fecha veinticinco (25) de enero de 2011, de conformidad con el
artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se ordena remitir el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia mediante oficio de remisión correspondiente. ASÍ SE DECIDE.-