Por las razones que anteceden, este TRIBUNAL CUARTO DE LOS MUNICIPIOS DE VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY dicta la presente sentencia y declara CON LUGAR la demanda de EXTINCION DE HIPOTECA, intentada por la ciudadana EMMA JOSEFINA LEO TORRES, a través de su apoderado judicial, en contra de la sociedad mercantil " VIVIENDAS UNIVERSO, C.A.." antes identificado en autos, y declara formalmente extinguida la hipoteca de Segundo Grado constituida sobre el inmueble anteriormente identificado, según consta de documento constitutivo de Hipoteca, registrado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Valencia Estado Carabobo, bajo el No. , Folios 55 al 62, Protocolo Primero, Tomo 28 , año 1978.- Téngase la presente Sentencia como documento declarativo de la Extinción y Liberación de la hipoteca de segundo grado. No se condena en costas a la parte demandada por la naturaleza d.....