En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados IRENE VICTORIA MORILLO LÓPEZ y CARLOS CALANCHE BOGADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.115.784 y 105.148, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALEJANDRO GUILLERMO y GUILLERMO ALEJANDRO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.930.933 y V.-14.221.270, respectivamente, contra el auto de fecha 11 de noviembre de 2011 dictado por el Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescen.....