Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Se declara COMPETENTE y ADMITE la acción de Amparo Constitucional incoada por las abogadas MARÍA TERESA CARVALLO y EDITH CARDOZO TOVAR, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 19.918 y 19.037 respectivamente, en su condición de apoderadas judiciales del ciudadano LUIS CERON MUÑOZ contra la decisión de fecha 22 de enero de 2.010 proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Desalojo incoara el ciudadano ABSALON MARIO QUIROZ contra el hoy accionante en amparo.
Se ordena librar boleta de notificación al Juez del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA .....