En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas ZULAY COROMOTO RAMIREZ MANZO, MIREYA ANTONIA RAMIREZ MANZO y CENAHIL RAMIREZ MANZO, respectivamente, en contra del ciudadano EDGUAR CHARLIS VILORIA, ambas partes suficientemente identificadas en el encabezamiento de esta sentencia, y se condena a la parte demandada a desalojar el inmueble que ocupa como inquilino, ubicado en el sector Buena Vista, Calle La Colmena, parte alta de la Acequia, casa sin número, planta alta, punto de referencia, poste de la Electricidad de Caracas, No. 50, en la Parroquia Antimano, Caracas, Distrito Capital. Así mismo, se le condena a la parte demandada al pago de los cánones de arrendamiento causados durante los meses de marzo, abril, mayo, julio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2009, y enero, febrero, marzo, abr.....