En el juicio seguido por, MAIGUALIDA BOLIVAR DIAZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.308.005; contra la firmas mercantiles, de este domicilio, SOCIEDAD DE CORRETAJE DE SEGUROS MARSH VENEZUELA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 20 de julio de 1956, bajo el N° 10, tomo 18-A; y SOCIEDAD MERCANTIL CONSULTORES 2020, C.A., inscrita por ante el mismo Registro Mercantil, en fecha 08 de febrero de 2000, bajo el N° 19, tomo 388-A-Qto.(sic); el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, dictó su fallo definitivo en fecha 20 de marzo de 2013, por la cual declaró, sin lugar la incidencia de tacha de falsedad del informe del SENIAT que obra a los folios del 61 al 73 del expediente, propuesta por la parte actora; sin lugar la falta de cualidad invocada por la codemandada SOCIEDAD MERCANTIL CONSULTORES 2020, C.A.; sin lugar la demanda .....