Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Desistida la demanda de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana María Mariela Martínez Pinto, ya identificada contra el ciudadano Elis José Álvarez Linarez, ya identificado y terminado el proceso, con fundamento a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo se ordena dejar sin efecto el oficio remitido a la Fundación para el Apoyo a Programas de Suministro de Medicamentos del Estado Lara (FUNDAPROMED), signado bajo el Nº 581-2.011 de fecha dieciséis (16) de junio de 2.011, en el cual se ordena la paralización de la entrega de las prestaciones sociales del demandado en el caso del cese de sus labores en .....