DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se impone a la adolescente (Identidad Omitida) (plenamente identificada), de las sanciones de REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de UN (01) AÑO, consistentes en la obligación de la adolescente: (1) La obligación de la adolescente de Estudiar y/o Trabajar debiendo consignar las constancias respectivas a la brevedad posible; (2) La prohibición de portar o consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas; y (3) La prohibición de incurrir nuevamente en otro hecho delictivo; así mismo de la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en.....