DISPOSITIVO
Por los Fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por la ciudadana GLORIA MARIA HIGGINS DE MOLERO, por intermedio de su apoderado judicial JOSÉ FRANCISCO PARRA, y la demandada DISTRIBUIDORA GREACLA, C.A., por intermedio de sus apoderados judiciales MARDUNELYN CHANG HONG y JOSÉ ENRIQUE PEREZ, todos plenamente identificados en las actas procesales, por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.500.000,oo) por los conceptos peticionados en el libelo de la demanda, que serán pagados en dos partes: la primera por Bs.250.000,oo para el día 15 de julio de 2014, y un seg.....