V
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en Recurso de Hecho interpuesto por el abogado en ejercicio RAFAEL APONTE MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-3.650.805 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 12.454, actuando en este acto con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, el ciudadano JOSÉ DE LOS SANTOS GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.505.476, domiciliado en el Municipio Maracaibo; en contra de auto dictado por el TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en fecha nueve (09) de junio de dos mil veinticinco (2025); se declara:
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