V
DISPOSITIVA:
En fuerza de las anteriores consideraciones este tribunal Sexto de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PARCIALMENTE LUGAR, la acción incoada por la Abogada NHILSE VILLASMIL CADENAS, inscrita en el IPSA bajo el N° 59.729 y de este domicilio, Apoderada Judicial de MERCEDES CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.7.507.282, y de este domicilio, en contra de la ciudadana MARIA INES JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.463.547 y de este domicilio, por DESALOJO.-
En consecuencia se le concede a la arrendataria- demandada MARIA INES JIMENEZ, un plazo improrrogable de seis (6) meses para la ENTREGA material del inmueble, constituido por un Apartamento distinguido con el N° E-5-2, ubicado en.....