DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulado por los ciudadanos ALICIA ISABEL FLORES DE QUIJADA y ALFONSO RAMÓN QUIJADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.959.955 y V-3.471.607 respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 28 de noviembre de 1972, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Vargas del Estado Vargas, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 344 del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.