Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Pena y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena bajo el Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena, a favor del penado relacionado con la penada: {.......}, titular de la cédula de identidad Nº V- {.......}, venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nació el día 12/10/1991, de 22 años de edad, estado civil: Casada, de profesión u oficio: Comerciante, grado de instrucción: Bachiller., hija de Francis Rafael Araujo Colmenàrez (F) y Ixora Catalina Anzola Torres, , con ultimo domicilio en Arenales, calle Bolívar con Esquina calle El vapor, Casa S/N, Arenales, Parroquia Espinoza de los Monteros, Municipio Torres del Estado Lara, quien fuera c.....