este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara EXEQUIBLE la solicitud formulada por el ciudadano NELSON RAFAEL TORCATE MENDEZ, actuando en su carácter de Procurador General del Estado Lara y en uso de las atribuciones legales conferidas en el artículo 12 numeral 1 de le la Ley de Procuraduría General del Estado Lara ante la FUNDACION PARA LA PROMOCION DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (FUNDASALUD)
En consecuencia, se declara liquidada y disuelta la FUNDACION PARA LA PROMOCION DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (FUNDASALUD), domiciliada en Barquisimeto, creada mediante Decreto Nº 078, de fecha 09/10/1990, inscrita ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito del Registro del Distrito (hoy Municipio) Iribarren, bajo el Nº 48, Folio 1-3 vuelto, Tomo 21, de Fecha 06 de Noviembre de 1990.
Particípese mediante.....