III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesta por el ciudadano José Homen Pereira, titular de la cédula de identidad N° V-6.460.639, en su carácter de Representante Legal de FERRETERIA NUEVO MILENIO, C.A, inscrita por ante Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 27 de diciembre de 1999, bajo el N° 71, Tomo 50-A, y en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-30675549-7, con domicilio en la Avenida Principal Las Mercedes, C.C. La Victoria, local N° 09-10, cerca del supermercado Central Madeirense, Cagua Estado Aragua, asistido por la abogada Dayana Marcano Requena, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 74.1.....