Este Despacho Judicial a cargo de la Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA dicha SEPARACION DE CUERPOS y BIENES, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con los artículos 188, 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo ambas partes establecieron un acuerdo que se considera un solo cuerpo con esta sentencia en relación a la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención (Bs. 800,00 Mensuales, más sus Cesta Tickets; época escolar Bs. 800,00, época decembrina Bs. 2.500,00) y Régimen de Convivencia Familiar, a favor de sus hijas, las niñas (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo .....