Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó el escrito de pruebas presentado por la parte accionada, de la manera siguiente: Del Mérito Favorable, se advirtió que el mismo no constituye medio probatorio, sino que se encuentra dirigido a los principios de la comunidad y exhaustividad y su valoración corresponderá en la oportunidad de decidir sobre el fondo del asunto; de la confesión judicial se aclaró que los alegatos y defensas esgrimidas por las partes en los diferentes escritos presentados, no pueden ser considerados como confesiones espontaneas, pues solamente delimitan la controversia y quedan relevados de prueba, razón por la cual se declaró inadmisible; de la prueba de informes se declaró inadmisible por impertinente, al evidenciarse que tales aspectos fácticos no tienen relación con el con el tema decidendum, y de las instrumentales marcadas A, B, C y D, se admiten. 04