, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta las siguiente medida preventiva: PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble propiedad de la codemandada FARMACIA EL AVILA, C.A, domiciliada en la avenida 29 entre calles 28 y 29, local 2, Acarigua, Estado Portuguesa, con Registro de Información Fiscal Bajo el N° J-300139085,inscrita en fecha 19/03/1992, ante el Registro Mercantil Segundo del Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, expediente N° 156, siendo una de su últimas modificaciones en fecha 03/12/2018, representada por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES LUCENA VILLEGAS, Venezolana, Titular de las Cedula de Identidad N° V-15.340.612, con domicilio en Acarigua Estado Portuguesa, constituido por Dos (2) locales d.....