Por las razones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA el fallo dictado el 29 de agosto de 2008 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Rosa Mercedes León Morón en contra del fallo proferido el 25 de febrero de 2008 por el Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas;
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Raúl Aldana Guerra, en su condicion de apoderado judicial de la aquí accionante;
TERCERO: Dada la especie de la acción, no se produce conde.....