III
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 12 de noviembre de 2010, por la Dra. ROSA DA SILVA GUERRA en su condición de Jueza Titular del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia, se le aparta del conocimiento del juicio por nulidad de venta seguido por la ciudadana ELIDE LISI DE ADAMO contra los ciudadanos INÉS LISI DE COLATOSTI y CESARE COLATOSTI DE PERSIS, expediente signado con el Nº CB-10-1156 (nomenclatura del aludido juzgado).
SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente en la oportunidad que corresponda, al Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Merc.....