Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión de la separación de cuerpos y bienes en divorcio. En consecuencia, queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos EDGAR ALEXANDER WEFFER PAZ y DAYANA DEL SOCORRO LUBO ROJAS, en fecha 02 de diciembre de 2010, según el acta de matrimonio signada con el N° 382, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa de esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a los autos en copia certificada.