Vista la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano EDWARD JOSÉ MEDINA BOTELLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-11.389.339, actuando en su condición de Pastor de la Iglesia Cristiana Apostólica Ciudad de Dios, asistido por la Abogada en ejercicio ROSA RONDON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.467; este Tribunal observa que al venir actuar en nombre y representación de una persona jurídica sea esta de índole Moral, Civil o Mercantil en primer lugar debe acompañar el documento constitutivo de la formación de dicha sociedad, y en segundo lugar acreditar la representación legal de la misma, al no darse ninguno de estos supuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, por no constar en a.....