DISPOSITIVA
Por las razones supra indicadas, el Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONFIERE DECRETA: PRIMERO: Con lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano YEXCYS JESUS TORRES LOPEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 26.447.433. Quien de la revisión del JURIS 2000 no presenta causas ante este circuito Judicial Penal, de conformidad con en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal y 318 numeral 3 Ibidem y por ende la extinción de la acción Penal, en cuanto al delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO DE HURTO, previstos y sancionados en los artículos 470 del Código Penal. SEGUNDO: remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara, una vez quede firme la misma. Publíquese, Regístrese, Ofíciese y Cúmplase.
El Juez de Control 10
La Secretaria
Abg. ALEXANDER ENRIQUE GODOY JUAREZ