Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA EXTINGUIDA LA OBLIGACIÓN QUE GARANTIZA LA HIPOTECA CUYA EJECUCIÓN SE DEMANDA EN EL PRESENTE JUICIO, en razón al pago efectuado por la parte demandada, conforme los lineamientos explanados en el fallo, y se declara terminada la presente causa.
SEGUNDO: SE ORDENA la Suspensión de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 04 de marzo de 2013, sobre el siguiente bien inmueble:
"Una parcela de terreno con una superficie aproximada de un mil ochocientos nueve metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados (1.809,75 Mts2) y la casa quinta sobre el construida, ubicada en el Parcelamiento Colinas de los Naranjos, Conjunto Las Villas, ubicado dentro del Fundo Potrero Redondo, Jur.....