Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y en sede constitucional de segundo grado dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se MODIFICA la sentencia proferida el 25 de septiembre de 2013 (y su aclaratoria del 25 de octubre de 2013) por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado con lugar la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano EDGAR ALBERTO DOMÍNGUEZ JIMÉNEZ en contra de la ciudadana MARISOL HALLOUN, sólo en lo atinente a la improcedencia de las costas, cuyo pronunciamiento se revoca;
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior modificación, se imponen costas generales a la parte agraviante ciudadana MARIS.....