En el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de agosto de 2010, por la Abogada María Ramos, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la parte recurrida, contra el auto dictado en fecha 24 de agosto de 2010 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante el cual se ordenó dar cumplimiento a la orden de amparo constitucional de fecha 30 de octubre de 2009, interpuesta por la Abogada Marianela Peña, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos RÓMULO VARGAS, ARSENIO CASTAÑEDA y GERAL MARCHAN, contra la Sociedad Mercantil DROGUERÍA NENA, C.A., esta Corte dictó sentencia por medio de la cual declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto; 2. SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto; 3. CONFIRMA el auto apelado.