DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: parcialmente con lugar, la solicitud de obligación alimentaria intentada por la ciudadana Lesbia Del Valle Crespo, ya identificada, en representación de la niña (omitido art. 65 LOPNA), en contra del ciudadano Danny Ramón Rodríguez, ya identificado. En consecuencia, se fija la obligación alimentaria en la cantidad de cincuenta mil bolívares (Bs. 50.000,oo) mensuales, a razón de veinticinco mil bolívares quincenales (25.000,oo Bs.), además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que su hijo requiera. Notifíquese a las partes.
Regístrese y publíquese