Así pues, de acuerdo con los lineamientos normativos expuestos anteriormente, este Sentenciador observa que la representación judicial de la actora expresa que recibió la suma de dinero antes indicada por concepto del Pago de Prestaciones sociales y otros conceptos laborales, solicitando el cierre del expediente.
En tal sentido, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la citada norma laboral, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicha solicitud en los términos en que ha sido expuesta, y ordenar el archivo del mismo. Todo ello a los fines de dar por terminado el presente asunto. Así se decide.-